Fallo de la Justicia porteña a favor de la identidad de Florencia de la V
La justicia porteña fallo a favor de la actriz Florencia de la V y la Federación de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, y dio lugar a una medida cautelar que autoriza el cambio de nombre “según su libre elección”. Esta disposición se apoya es una figura creada por la Legislatura porteña, que permite modificar los nombres cuando pueden llegar a ofender la moral de quienes los llevan.
La jueza en lo Contencioso, Administrativo y Tributario Nº3, Elena Liberatori, resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por una persona transexual, luego de que el Registro Civil le negara el cambio de nombre en el documento y en la partida de nacimiento. El fallo permite el cambio de nombre y de sexo de los peticionantes, y constituye, en consonancia con la sancionada Ley de Matrimonio Igualitario, el otorgamiento de los mismos derechos a todos los ciudadanos argentinos; a casarse, por un lado, y a una identidad que los represente, por otro.
“La imposibilidad de acceder a un nombre que refleja la identidad de la persona implica una grave violación de derechos estrechamente vinculados con la dignidad propia del ser humano, más allá de su sexo, género u orientación sexual”, sostiene la magistrado en su fallo, que es de carácter urgente; es decir, que se basa en una medida cautelar “autosatisfactiva”, que necesita una pronta solución en este caso particular. “De este modo”, con el dictado de esta medida cautelar, “se agota el interés de la parte en el proceso, y no requiere la tramitación, en forma ulterior o concomitante, de una acción principal”, expresa. Por otro lado, la resolución sienta jurisprudencia a nivel general.
Fuentes judiciales aseguraron a esta agencia que, además de la presentación de la cautelar en el juzgado de Liberatori, distintos jueces del fuero, como Guillermo Scheibler o Vicente Cataldo, recibieron escritos similares patrocinados por la Federación de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales, entre los que se encuentra uno presentado por la actriz Florencia de la V. En todos los casos, las cautelares tuvieron como base argumentativa una figura legal creada por la Legislatura porteña en el 2007, y que permite modificar los nombres cuando pueden llegar a ofender la moral de quienes los llevan. No todas la jurisdicciones tienen esta herramienta.
La resolución de la jueza, que toma muchos argumentos del amparo presentado por Alejandro Freyre por el matrimonio igualitario, dispone, en este caso puntual, que el Registro Civil de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires informe el cambio de documento nacional de identidad al Registro Nacional de Reincidencia y a la Secretaría del Registro Electoral Correspondiente para la corrección del padrón electoral. Además, aclara que la rectificación registral del sexo y cambio de nombre no alterará la titularidad de los derechos y obligaciones jurídicas que pudiere corresponder a la actora con anterioridad a la inscripción del cambio registral.
La discusión y la pelea por el derecho al cambio de nombre, en conjunto al reclamo por distintos accesos a la salud que les permitan someterse a operaciones para adaptar su cuerpo, fue uno de los ejes de la última marcha del orgullo gay que tuvo lugar en la Ciudad. En el Congreso, además, se presentaron varios proyectos en este sentido.
Actualmente, la Ley 18248, denominada Ley de Nombres, señala que “después de asentados en la partida de nacimiento el nombre y apellido, no podrán ser cambiados ni modificados sino por resolución judicial, cuando mediaren justos motivos”.
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